Directo a tus hormonas 2020

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El Estado español es el mayor consumidor de pesticidas de Europa. Así lo avalan los últimos datos publicados por Eurostat correspondientes al año 2017, que lamentablemente vuelven a situar a nuestro país como líder europeo con la comercialización de 71.987 toneladas de plaguicidas.

Es probable que volvamos a ocupar este primer puesto cuando Eurostat publique probablemente en otoño de 2020 los datos europeos de consumo de plaguicidas del año 2018. Según la estadística anual de comercialización de plaguicidas de 2018, publicada por el Ministerio de Agricultura, este año se produjo un aumento de 1,6 % en la venta de estos agrotóxicos con respecto al año anterior. Las miles de toneladas de plaguicidas que se fumigan cada año sobre cosechas, espacios públicos, jardines o arcenes, exponen a agricultoras y agricultores, sus familias y ciudadanía en general a sustancia tóxicas que contaminan el suelo, el agua, el aire, la flora y fauna silvestre. Pero además, residuos invisibles de pesticidas quedan en los alimentos, llegando directamente a los consumidores.

Este es el tercer año que Ecologistas en Acción publica el informe ‘Directo a tus hormonas’ con el objetivo de visibilizar la exposición de la población española a plaguicidas a través de los alimentos. El presente estudio se centra en los plaguicidas contaminantes hormonales y analiza los últimos datos oficiales disponibles sobre la presencia de plaguicidas en alimentos correspondientes al año 2018.

El término contaminante hormonal o disruptor endocrino (EDC, por sus siglas en inglés) define un conjunto diverso y heterogéneo de compuestos químicos exógenos, capaces de alterar la síntesis, liberación, transporte, metabolismo, enlace, acción o eliminación de las hormonas naturales del organismo.

Una legislación muy laxa

Hasta abril de 2018 la Unión Europea carecía de criterios científicos para identificar legalmente a un plaguicida como disruptor endocrino, lo cual ha provocado que la prohibición del uso de plaguicidas capaces de alterar el sistema endocrino se haya aplicado de forma muy liviana. A esto se le suman varios factores que inciden en la débil regulación de estas sustancias, tal y como se relata a continuación.

Si bien la Comisión Europea tenía la obligación legal de publicar los criterios antes de 2013, el lobby de la industria química y de los pesticidas, así como los negociadores de la Asociación Transatlántica de Comercio e Inversión, consiguieron que la Comisión pospusiera repetidamente su publicación, tal y como documentó la periodista y documentalista independiente francesa Stéphane Horel en el informe Un asunto tóxico.

En junio de 2016, tras una sentencia condenatoria del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea, la Comisión presentó una propuesta que, con varias modificaciones, finalmente fue aprobada por los Estados miembros a través del Reglamento 2018/605. Sin embargo, la propuesta aprobada por la Comisión no cumple con su objetivo de proteger la salud de la población y el medio ambiente. La razón es que establece un nivel de prueba tan elevado para identificar una sustancia como disruptora endocrina, que muy pocas sustancias plaguicidas van a ser catalogadas como prohibidas.

Esta disposición contradice el espíritu del Reglamento de plaguicidas, basado en el principio de precaución. De hecho, aún con la entrada en vigor del Reglamento 2018/605, hasta la fecha de elaboración de este informe solo seis plaguicidas candidatos a sustitución han sido identificados como como disruptores endocrinos, cuatro de los cuales son sustancias todavía autorizadas.

Por otro lado, el Reglamento 396/2005 establece la cantidad máxima permitida de residuos de cada plaguicida en alimentos y piensos, denominada límite máximo de residuos (LMR). Para garantizar el cumplimiento de estos límites de residuos, las autoridades sanitarias llevan a cabo campañas de control que analizan la presencia de una serie de residuos de plaguicidas en las muestras de alimentos que adquieren en el mercado. Los resultados muestran que la mayoría de los alimentos estudiados, el 98 % conforme a los datos de la la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), cumplen con la normativa y presentan concentraciones de cada uno de los diferentes plaguicidas analizados por debajo del límite máximo legal establecido.

Este informe, como los dos anteriores que llevan el mismo nombre, pretende explicar por qué los límites legales de residuos establecidos en el Reglamento 396/2005 no protegen la salud de la población frente a los plaguicidas con capacidad de alterar el sistema hormonal. Y es posible que tampoco protejan a la población de los riesgos para la salud de los plaguicidas con otras características tóxicas.

Utilizando los datos oficiales del Programa de Control de Residuos de Plaguicidas del año 2018 recopilados por AESAN, el informe describe los residuos de plaguicidas que se encuentran en los alimentos en España y muestra que el nivel de exposición de la población a estas sustancias a través de la alimentación es preocupante.

Todo ello corrobora la necesidad de tomar medidas urgentes para reducir en general la exposición de la población a los plaguicidas y en especial a aquellos capaces de alterar el normal funcionamiento del sistema hormonal.

Consulta aquí el informe: https://docs.google.com/viewerng/viewer?url=https://www.ecologistasenaccion.org/wp-content/uploads/2020/07/informe-directo-a-tus-hormonas-2020.pdf